Auto Supremo AS/0792/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0792/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

El juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el artículo 1ro


El juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el artículo 1ro. del Código de Procedimiento Penal, se halla tutelado por las garantías constitucionales y las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio, consecuentemente el tribunal de alzada velando por su observancia y la economía procesal, debe obrar de acuerdo a ley y no como en la especie que el Tribunal de alzada causando perjuicio a las partes, incurre en indebida interpretación del artículo 351 del Código Penal violando el `principio de legalidad´ al omitir en la interpretación de este tipo penal elementos objetivos del tipo de injusto de `despojo´ importantes para la subsunción de la conducta del imputado en el marco descriptivo del artículo indicado”