Auto Supremo AS/0808/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0808/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

De la revisión de los antecedentes procesales, se verifica que el impetrante ofreció y acompañó


De la revisión de los antecedentes procesales, se verifica que el impetrante ofreció y acompañó prueba junto a su memorial de contestación a la apelación restringida interpuesta por el querellante (fs. 154 a 168 vta.); sin siquiera establecer qué era lo que pretendía acreditar con la misma, y en su caso a cuál de los defectos procedimentales denunciados por el apelante estaba relacionada, tampoco refirió si esta prueba se encontraba amparada en la previsión del art. 410 del CPP, limitándose únicamente a señalar que “Para el fin impetrado, acompaño como prueba literal las siguientes …” (sic), entiéndase que era para confirmar la Sentencia impugnada por el apelante, por lo que el Tribunal de Alzada, no se encontraba en obligación alguna de valorar dicha prueba. En consecuencia, el Auto de Vista no contradice la doctrina legal establecida en el precedente invocado, por lo que este motivo deviene en infundado