Auto Supremo AS/0808/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0808/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

Verificada la denuncia de defecto absoluto por falta de fundamentación, se concluye que los argumentos


Verificada la denuncia de defecto absoluto por falta de fundamentación, se concluye que los argumentos del Tribunal de alzada son insuficientes y resultan violatorios de lo establecido por el artículo 124 del CPP, toda vez que de manera tenue pretendió justificar la nulidad de la Sentencia y la reposición del juicio exponiendo escasos fundamentos de hecho pero no así de derecho, aspecto que es considerado por este máximo Tribunal de Justicia, como un defecto absoluto inconvalidable que vulnera el derecho a recurrir, a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, dejando en estado de indefensión al recurrente, así como contradictorio a la doctrina legal establecida en el precedente invocado. Por lo expuesto, este motivo deviene en fundado