Auto Supremo AS/0828/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0828/2015-RRC-L

Fecha: 20-Nov-2015

iv) Con relación a la conducta de Felipa Romero de Salvatierra, el A quo


iii) Que existe concurso real de los delitos de estafa y Estelionato incurriendo en el error previsto por el art. 370 Inc. 1) del CPP, error in iudicando que no amerita renovar el juicio al amparo del art. 413 del CPP, que permite resolver directamente la causa.

iv) Con relación a la conducta de Felipa Romero de Salvatierra, el A quo obró correctamente al absolverla porque no se adecua su conducta a Estafa y Estelionato, sino de complicidad y como no fue acusada sobre el mismo, no puede ser sancionada