Auto Supremo AS/0898/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0898/2015

Fecha: 18-Dic-2015

Así, de la lectura del fallo recurrido se advierte que dicha resolución dispuso la nulidad

Así, de la lectura del fallo recurrido se advierte que dicha resolución dispuso la nulidad de obrados hasta fs. 5008, determinando que la Juez A quo ordene la notificación de los coherederos y presuntos herederos de los demandantes fallecidos Sres. Félix Antezana Flores, Benito Rocha Maldonado, Fabián Tapia Torres y Luis Espinoza Meneses, bajo el fundamento que la Juez omitió disponer y constatar la notificación personal, cedularia o por edictos, de todos los coherederos de los demandantes, concluyendo por ello que se habría viciado de nulidad el proceso con dicha omisión, lo que no podría ser subsanado ni soslayado, al amparo de los derechos que pudiera asistir a otros posibles herederos, más aún si los Testimonios de fs. 4986, 4995 y 4999, refieren como coherederos también otros nombres, que podrían tener interés en el proceso y a quienes no se les integró en la causa, causándoles con ello un perjuicio