Auto Supremo AS/0125/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2015-RRC

Fecha: 24-Feb-2015

1)En el primer motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no reparó la


1)En el primer motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no reparó la errónea aplicación de la ley sustantiva en que incurrió el Tribunal de Sentencia, puesto que lo condenó por el delito de Incumplimiento de Deberes modificado por la Ley 004 de Lucha Contra la Corrupción “Marcelo Quiroga Santa Cruz” de 31 de marzo de 2010; cuando su conducta se habría producido en octubre de 2008, en tal sentido, se subsumió el hecho a una ley anterior desfavorable, en forma retroactiva; incurriendo en defecto absoluto por vulneración de los principios de legalidad, irretroactividad y favorabilidad, previstos por los arts. 116.II y 123 de la Constitución Política del estado (CPE)