Auto Supremo AS/0125/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2015-RRC

Fecha: 24-Feb-2015

Agrega que, no podía aventurarse a promulgar o cumplir la citada Ordenanza, ya que mediaba


Agrega que, no podía aventurarse a promulgar o cumplir la citada Ordenanza, ya que mediaba justa causa, el cual era el cambio de terreno y la toma de decisiones de las organizaciones sociales y autoridades originarias, quienes se opusieron a que el colegio fuera construido en el lugar proyectado, debido a que el terreno no superaba los 250 metros, extremo corroborado por la prueba testifical y documental; en consecuencia, la omisión no estaba acompañada por la mera voluntad de omitir o dolo directo, mismo que no fue demostrado, no reuniéndose en su conducta los elementos normativos y subjetivos del tipo penal de Incumplimiento de Deberes