Por memoriales presentados el 9 de octubre de 2014, cursantes de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 148/2015-RRC
Sucre, 27 de febrero de 2015
Expediente : La Paz 157/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Carlos Roberto Solares Abastoflor y otra
Delito : Estelionato
Magistrada Relatora : Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 9 de octubre de 2014, cursantes de fs. 437 a 438 vta. y 441 a 443 respectivamente, Carlos Roberto Solares Abastoflor y Erika Patricia Mollinedo Suarez, así como Omar Vargas Claure en representación de la Corporación Andina de Fomento (CAF), interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 41/2014 de 9 de junio de fs. 430 a 434 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la CAF contra Carlos Roberto Solares Abastoflor y Erika Patricia Mollinedo Suarez, por la presunta comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 148/2015-RRC
Sucre, 27 de febrero de 2015
Expediente : La Paz 157/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Carlos Roberto Solares Abastoflor y otra
Delito : Estelionato
Magistrada Relatora : Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 9 de octubre de 2014, cursantes de fs. 437 a 438 vta. y 441 a 443 respectivamente, Carlos Roberto Solares Abastoflor y Erika Patricia Mollinedo Suarez, así como Omar Vargas Claure en representación de la Corporación Andina de Fomento (CAF), interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 41/2014 de 9 de junio de fs. 430 a 434 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la CAF contra Carlos Roberto Solares Abastoflor y Erika Patricia Mollinedo Suarez, por la presunta comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal (CP)
- Por memoriales presentados el 9 de octubre de 2014, cursantes de fs
- De los memoriales de los recursos de casación (fs
- Recurso de casación de Carlos Roberto Solares Abastoflor y Erika Patricia Mollinedo Suarez
- Recurso de casación de Omar Vargas Claure en representación de la CAF
- Los imputados solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se disponga
- Mediante Auto Supremo 705/2014-RA de 1 de diciembre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Concluido el juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
- II.2.De la apelación restringida de los condenados
- Carlos Roberto Solares Abastoflor y Erika Patricia Mollinedo Suarez, interpusieron recurso de apelación restringida (fs
- II.3. De la apelación restringida de la CAF
- La entidad querellante interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II.4.Del primer Auto de Vista dictado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs
- Con esos argumentos declaró improcedentes ambos recursos
- II.5. Del Auto Supremo que dejó sin efecto el primer Auto de Vista
- Con relación a la falta de fundamentación de la pena denunciada por la CAF, luego
- En base a los fundamentos que anteceden, dejó sin efecto el citado Auto de Vista,
- II.6.Del último Auto de Vista (ahora impugnado)
- Como consecuencia del mencionado Auto Supremo, el Tribunal de alzada dictó el Auto de Vista
- En aplicación de lo previsto en el art
- Precisados los motivos planteados en los recursos de casación, este Tribunal deberá resolver si efectivamente:
- III
- Para el análisis de este motivo, corresponde remitirnos a lo determinado por el Auto Supremo
- En consecuencia, del análisis del contenido argumentativo expuesto por el Auto de Vista impugnado se
- Por su parte el Auto Supremo 410 de 20 de octubre de 2006, expresa la
- De lo relacionado se advierte que el Tribunal de alzada reparó la omisión del Tribunal
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