Auto Supremo AS/0133/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2015-RRC-L

Fecha: 17-Mar-2015

1) Alega que el Auto de Vista impugnado revalorizó la prueba, restándole valor a las


1) Alega que el Auto de Vista impugnado revalorizó la prueba, restándole valor a las declaraciones testificales de Oscar Rodolfo Crespo Escobar, Juan Carlos Olivera Cavero, Marcelo Antonio Vargas Rivero y Martha Paulina López Mamani, y pese a que dicha actividad le corresponde únicamente al Juez de mérito, se hizo una valoración subjetiva y parcial de la prueba testifical, quitándole valor, pero no en función a su contenido sino a que quienes la depusieron, los que supuestamente no eran testigos directos de la entrega de dineros de su parte a la imputada; todo ello, sin conocer objetivamente la prueba de inmediación y sin tomar en cuenta los demás elementos probatorios, como son, su declaración en calidad de víctima y la documental introducida; es decir, efectuando una valoración de la prueba contenida en la Sentencia, en franca violación a las reglas de la lógica, la ciencia y la experiencia, situación insubsanable por subrogación de atribuciones y competencias que no corresponden a los Vocales, contradiciendo expresamente lo determinado en los Autos Supremos 036/2009 de 7 de febrero, 074/2008 de 18 de marzo, 214/2007 de 28 de marzo, 529/2006 de 17 de noviembre y 535 de 29 de diciembre de 2006