Auto Supremo AS/0135/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0135/2015-RRC-L

Fecha: 27-Mar-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular (fs. 61 a 65 vta.), una vez desarrollado el juicio oral y concluido el mismo, el Juez Tercero de Partido y Sentencia de Montero Provincia Obispo Santistevan del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 03 de 8 de agosto de 2009 (fs. 220 a 223 vta.), mediante el cual se declaró a la imputada Viviana Chacón Ibañez, “culpable de la comisión del delito de Apropiación Indebida, previsto y sancionado por el art. 346 del CP, con relación al art. 349 de mismo cuerpo legal, con costas” (sic), condenándole a la pena de “reclusión de tres años y tres meses, por otro lado se la absolvió del delito de Apropiación indebida previsto y sancionado en el art. 346 del CP” (sic)