Auto Supremo AS/0189/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189/2015-RRC

Fecha: 19-Mar-2015

Del memorial que cursa de fs


I.1.1. Del motivo del recurso de casación

Del memorial que cursa de fs. 112 a 119 vta., se extraen los siguientes motivos a ser analizados:

1) Los recurrentes, luego de realizar una explicación doctrinal del recurso de casación y de los antecedentes que motivaron la Sentencia, como primer motivo señalan que en apelación restringida denunciaron inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, la que fue convalidada por el Tribunal de apelación argumentando que debieron invocar con precisión qué norma sustantiva debió ser aplicada en lugar de la que consideraron que fue erróneamente aplicada, que el Tribunal de alzada, no mencionó razonablemente la existencia de cosa ajena y que los elementos constitutivos del tipo penal se acreditaron por las declaraciones de los testigos Juan Carlos Guizada Poma y Jhonatan Dexter Ledo Espinoza, mencionando inclusive las características del vehículo, aspecto que no se demostró en el juicio oral; es decir, no se acreditó el objeto material del delito; a cuyo efecto invocan como precedentes contradictorios los Autos Supremos 338 de 5 de abril de 2007, 231 de 4 de julio de 2006, 329 de 29 de agosto de 2006 y 315 de 25 de agosto de 2006