Auto Supremo AS/0193/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0193/2015-RRC

Fecha: 19-Mar-2015

En este sentido, las partes de ninguna manera pueden quedar en un estado de incertidumbre,


En este sentido, las partes de ninguna manera pueden quedar en un estado de incertidumbre, sin que se les resuelva las apelaciones interpuestas en la audiencia conclusiva, más aún, durante toda la tramitación de un juicio oral esperando su futuro para recién hacerlo en una ‘supuesta’ apelación restringida; no debe olvidarse que la apelación restringida prevista en el art. 407 del CPP, es planteado únicamente contra sentencias y no así resoluciones que resuelven excepciones e incidentes en la audiencia conclusiva