III.1. Del derecho a una debida fundamentación, como elemento del debido proceso
III.1. Del derecho a una debida fundamentación, como elemento del debido proceso
- Por memorial presentado el 28 de octubre de 2014, cursante de fs
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 727/2014-RA de 12
- 1) Previa transcripción in extenso de su recurso de apelación restringida, el recurrente denuncia que
- 2) De igual forma el recurrente, copia casi in extenso el primer motivo de su
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Desarrollado el juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
- El acusado, planteó apelación restringida contra la Sentencia 04/2014, arguyendo: i) Durante la audiencia conclusiva
- II.3. De la subsanación al recurso de apelación restringida
- II.4. Del Auto de Vista impugnado
- Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
- Conforme a lo antedicho, el Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto
- III.1. Del derecho a una debida fundamentación, como elemento del debido proceso
- Así, se concluyó: “La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- En consecuencia, una vez mas se deja establecido que el Tribunal de Apelación, a momento
- A efectos de corroborar si son ciertas las denuncias planteadas por el recurrente, resulta imperioso
- En ese entendido, en este apartado se analizarán los argumentos referidos a los puntos impugnados
- Dichos razonamientos, además de haberse plasmado de forma fundamentada, con razonamientos jurídicos plenamente sustentables, pues
- En cuanto a la denuncia referida a que el tipo penal de Resoluciones Contrarias a
- Prosiguiendo, se advierte que en cuanto a la denuncia de defectuosa valoración de la prueba
- III.2. Sobre la oportunidad de planteamiento del recurso de apelación incidental en etapa conclusiva
- El sistema penal acusatorio vigente en Bolivia, sufrió una modificación con la promulgación de la
- Por tanto, se entiende que las excepciones e incidentes resueltos en la audiencia conclusiva, son
- En este sentido, pretender de que en la audiencia conclusiva, cuando se declare improbada una
- En este sentido, las partes de ninguna manera pueden quedar en un estado de incertidumbre,
- Por lo expuesto, se puede concluir que el medio idóneo y eficaz para impugnar decisiones
- Continuando con el análisis, para resolver el segundo agravio referido a la inhibitoria para conocer
- Además de lo descrito, es preciso considerar que ya en la audiencia de 14 de
- Ahora bien, precisamente como efecto del anuncio que hizo el procesado en etapa de audiencia
- Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
