Auto Supremo AS/0242/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2015-RA

Fecha: 07-Abr-2015

2) El Auto de Vista incurrió en incongruencia omisiva, porque no se pronunció de forma


2) El Auto de Vista incurrió en incongruencia omisiva, porque no se pronunció de forma alguna respecto a los Autos Supremos 221 de 28 de marzo de 2007; 175 de 15 de marzo de 2006; 149 de 6 de junio de 2008 y 207 16 de agosto de 2008 invocados en su recurso de apelación restringida, sin hacer alguna interpretación de los procedentes, si son positivos o negativos, dejándole en un estado de incertidumbre en relación a la fundamentación, referida en ese motivo de su apelación restringida, lo correcto era que el Tribunal de alzada analice si los precedentes eran o no aplicables al proceso, explicando el por qué serían aplicables o no, lo que le quita la completitud al Auto de Vista, por esos motivos se identificó la incongruencia omisiva