Auto Supremo AS/0242/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2015-RA

Fecha: 07-Abr-2015

3) Señaló la existencia de incongruencia omisiva, en cuanto al motivo de su apelación restringida


3) Señaló la existencia de incongruencia omisiva, en cuanto al motivo de su apelación restringida referido a la valoración de la prueba y violación de las reglas de la sana crítica (art. 370 inc. 6) del CPP, relacionado a que no se valoró las pruebas DPD6, PDD2, PDD4 y otras detalladas en su recurso, a las que el Juez consideró como documentos impertinentes y no se refirió de manera expresa, emitiendo sólo un criterio conclusivo de forma genérica porque no se habrían cumplido con los requisitos de su recurso; asimismo, en su Considerando IV en sus puntos 8 y 9, se limitó a transcribir lo afirmado por el recurrente, realizando revalorización de la prueba e infringiendo los arts. 407 y 408 del CPP, sin ingresar al agravio planteado, teniendo en cuenta que no se pidió que se revalorice prueba alguna, siendo que lo que se denunció es el art. 370 inc. 6) del CPP con relación a la valoración defectuosa de la prueba; en consecuencia, el Tribunal de alzada omitió pronunciarse al respecto