Auto Supremo AS/0242/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2015-RA

Fecha: 07-Abr-2015

6) Señalaron que de acuerdo a la autoría en el presente caso, ésta no puede


6) Señalaron que de acuerdo a la autoría en el presente caso, ésta no puede ser demostrada, debido a que en la acusación se estableció que “acompañados de 20 personas despojaron y avasallaron los lotes de los querellantes”, pero en ningún momento la parte acusadora, probó la comisión de los delitos denunciados, y la Sentencia se vio imposibilitada de individualizar la participación delictiva de los procesados, optando por declararlos culpables y autores de los delitos de Despojo y Daño Simple incurriendo en los defectos de la Sentencia previstos en el art. 370 incs. 2), 4), 5), 6) y 8) con relación al 173 todos del CPP; por lo que, en la Sentencia, al no existir plena prueba se debió absolverlos. Con relación a la temática planteada, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 97 de 1 de abril de 2005 y 209 de 24 de mayo de 2000