Auto Supremo AS/0260/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0260/2015-RRC

Fecha: 10-Abr-2015

Para dicho fin, en primer término se procederá a identificar los fundamentos de los precedentes


Con esos argumentos, entre otros, el Tribunal de alzada declaró sin lugar los recursos de apelación restringida planteados por los imputados, manteniendo firme la Sentencia impugnada.

III. VERIFICACIÓN DE CONTRADICCIÓN DEL AUTO IMPUGNADO CON LOS PRECEDENTES INVOCADOS POR LOS RECURRENTES

Este Tribunal admitió los recursos interpuestos por los imputados, abriendo su competencia a objeto de verificar la posible contradicción del Auto de Vista impugnado con los precedentes invocados y en definitiva establecer si los agravios planteados tienen mérito o no, labor para el cual es pertinente recordar que los recurrentes, con argumentos en esencia parecidos, centran sus agravios en dos ejes temáticos: El primero, referido a que el Auto de Vista carece de fundamentación al resolver los recursos de apelación restringida de Licerio Guzman Ruiz y Ramón Cardozo Chávez de forma inadecuada y somera, vulnerando el debido proceso, el principio de legalidad y certeza de la resolución; y, el segundo referido a la incongruencia omisiva en que habría incurrido el Tribunal de alzada respecto al recurso de Ramón Cardozo Chávez.

Para dicho fin, en primer término se procederá a identificar los fundamentos de los precedentes invocados, para luego realizar algunas consideraciones de orden doctrinal y normativo respecto a las temáticas que se denuncian y que serán parte del fundamento del presente Auto, y finalmente, ingresar al análisis concreto de cada recurso, última labor que será abordada de forma separada, a objeto de una mejor comprensión y precisión, asumiendo el riesgo de incurrir en reiteraciones por la similitud en la esencia de los motivos alegados, pero que sin duda será necesario