Auto Supremo AS/0279/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0279/2015-RRC-L

Fecha: 08-Jun-2015

No obstante que la tarea de valoración probatoria constituye una función encomendada a los jueces


No obstante que la tarea de valoración probatoria constituye una función encomendada a los jueces o tribunales de Sentencia, en resguardo, entre otros, del principio de inmediación, no pudiendo dicha labor ser trasladada a los tribunales de alzada; sin embargo, ante denuncias violación de las reglas de la sana crítica, a estas últimas autoridades les corresponde, a tiempo de resolver las apelaciones, controlar la logicidad de los razonamientos plasmados en la Sentencia de mérito, mediante la apreciación de elementos debidamente fundamentados; empero, tampoco es menos cierto que las partes que hacen uso de los medios de impugnación intraprocesales, tienen el canon de demostrar que el silogismo jurídico del fallo no resulta coherente ni razonable, y su incidencia directa en la decisión del mismo, de lo contrario, implica la inadmisibilidad de la impugnación, no pudiendo luego, utilizarse dichos argumentos en el recurso de casación; por lo cual, se requiere que aquellos profesionales que asisten otorgando defensa técnica, tengan conocimiento sobre los principios que invisten dicha labor, a efectos de reclamar su inobservancia