Auto Supremo AS/0298/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2015-RRC-L

Fecha: 29-Jun-2015

ii) Con relación a la mala valoración de la prueba, es cierto que


ii) Con relación a la mala valoración de la prueba, es cierto que con relación a los documentos y a las declaraciones de los testigos, se obvió la fundamentación fáctica, porque no se detalla cómo se cometió el delito, como fue la participación del imputado y solamente se hace referencia de carácter general que después de la denuncia, se le conminó para que devuelva la documentación, habiendo devuelto parte de ella, y que posteriormente otra parte que no era su totalidad; siendo que el propio Alcalde Municipal, el 19 de mayo de 2008 desistió de la querella, alegando que toda la documentación se encontraba en el Municipio. Antecedentes que no fueron tomados en cuenta por el Juez de la causa, quien no valoró correctamente toda la prueba producida y legalmente incorporada durante el juicio, restándole credibilidad; por cuanto, se aplicó incorrectamente la ley sustantiva, y esta prueba fue valorada defectuosamente, adoleciendo de defectos en su valoración, conculcándose el sistema de la sana crítica reglada por el art. 173 del CPP, ya que denota incongruencia lógica carente de sentido común que atropella el conocimiento científico especializado y sus conclusiones adolecen de un análisis jurídico legal