Auto Supremo AS/0343/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0343/2015-RRC

Fecha: 03-Jun-2015

III.2.2. Análisis del caso concreto


Sin embargo, el deber de fundamentación no sólo es propio del juez o tribunal, sino que el recurrente tiene también la obligación de dar una correcta motivación a su recurso, de esta manera dar a entender de manera clara y jurídica lo que se denuncia y lo que pretende, conforme el criterio asumido en la Sentencia Constitucional 1306/2011, que precisó: “De tal manera que el accionante tiene el deber de fundamentar los agravios, para que no sólo la parte contraria pueda en todo momento refutar éstos sino también para que el Tribunal de apelación pueda resolver en total orden y coherencia los agravios denunciados en los que habría incurrido el Juez a quo”.

III.2.2. Análisis del caso concreto