Auto Supremo AS/0365/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0365/2015

Fecha: 01-Jun-2015

Dicha Resolución motivó los recursos de casación de fs

II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Dicha Resolución motivó los recursos de casación de fs. 1262 a 1263 vta. y 1267 a 1268 vta., interpuestos por, José Bernard Zeballos Macias en representación legal de AEROSUR S.A., y Elizabeth Salinas Gamarra en su calidad de actora, que en lo fundamental de sus contenidos, expresaron:
II.1. Recurso de casación interpuesto por la parte demandada (fs. 1262 a 1263 vta.)
Acusó que, el Auto de Vista recurrido, en la parte resolutiva confirmó la Sentencia de 24 de noviembre de 2007, con la aclaración que el despido de la actora se originó en la infracción del art. 16.e) de la LGT y la modificación de excluirse el concepto de duodécimas de aguinaldo, pero sin considerar ni hacer un análisis correcto de la causal de despido del art. 16.g) de la LGT frente a la abundante prueba; señaló que, su conclusión final sería injusta porque estarían absolviendo de esta causal a la actora, más aún cuando la actora se apropió ilegalmente de dineros recibido en las agencias de viajes, que nunca ingresaron a las cuentas de la aerolínea y no existe documento o prueba alguna que la actora haya devuelto tales dineros para que hayan señalado que no corresponde