Auto Supremo AS/0365/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0365/2015

Fecha: 01-Jun-2015

Se reclama como un primer aspecto, el tiempo de prestación de servicios de la demandante

II.2. En cuanto al recurso de casación interpuesto por la parte actora (fs. 1267 a 1268 vta.)
Se reclama como un primer aspecto, el tiempo de prestación de servicios de la demandante en la entidad demandada, por cuanto, según lo afirmado por la trabajadora en casación, correspondería computar el mismo desde el 1 de noviembre de 2001, conforme a la prueba de fs. 793 a 797, sobre las cuales el Tribunal Ad quem, habría cometido error de hecho y de derecho en su apreciación