Auto Supremo AS/0401/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2015

Fecha: 03-Jun-2015

b) Señala que una segunda disposición contradictoria, se encuentra en el numeral III, donde hacen

b) Señala que una segunda disposición contradictoria, se encuentra en el numeral III, donde hacen referencia a los principios ontológico y lógico, que rigen únicamente para materia civil, pues en materia laboral impera el principio de inversión de la prueba, así lo establecen los arts. 3.h), 68 y 150 del CPT, alegando que en el presente caso el demandante no demostró la existencia de una relación laboral, por el contrario, las declaraciones testificales de cargo y descargo, indican que la misma conllevó la eventual o esporádica conducción de un tráiler, sujeta a la existencia de carga y cuando no había ese producto el actor era libre de disponer su tiempo, sin remuneración alguna de su parte