e) Sostiene que el Auto de Vista, de manera forzada para sustentar la revocatoria de
e) Sostiene que el Auto de Vista, de manera forzada para sustentar la revocatoria de la Sentencia, aplica las presunciones del art. 182.a) y b) del CPT, sin tomar en cuenta que la parte final de las mismas, prevén prueba en contrario, lo que en consideración del recurrente ocurrió, pues logró desvirtuar que el actor hubiese sido un trabajador regular, de planta o contratado a plazo indefinido, que acreditó por la prueba testifical de descargo, que prestaba su servicios en forma eventual, esporádica, discontinua a condición de la existencia de carga de minerales, corroborada por la prueba testifical de cargo, que debía ser valorada de acuerdo a lo previsto por el art 169 del CPT, que al disponerse, el pago del sueldo devengado y la indemnización demandada, aplicando los arts. 79, 89 de la Ley General del Trabajo (LGT), 91, 97 del DR-LGT
- CONSIDERANDO I
- La resolución de segunda instancia, motivó que Rufo Fuertes Condo, mediante memorial de fs
- b) Señala que una segunda disposición contradictoria, se encuentra en el numeral III, donde hacen
- c) Acusa que el Tribunal de apelación consideró que como empleador tenía la obligación de
- d) Refiere la existencia de contradicción en el Auto de Vista, en sentido que cuando
- e) Sostiene que el Auto de Vista, de manera forzada para sustentar la revocatoria de
- f) Alega la interpretación errónea de los arts
- g) Como fundamento adicional, afirma que el Auto de Vista contiene error en la apreciación
- Concluye su recurso manifestando concederlo ante el Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Social
- II
- La doctrina en la materia propone que de entre esos elementos de valoración, se halla
- Es necesario reiterar, que si bien el catálogo precedente, brinda una estimación referencial sobre la
- La Constitución Política del Estado (CPE) reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts
- En lo que atañe al fallo de segunda instancia, la congruencia implica la estricta correspondencia
- En la doctrina del derecho procesal, existe consenso en torno a que todo fallo debe
- El Auto de Vista 009/2011 de 2 de febrero, como ya se dijo, revocó la
- Ya en el curso del proceso, la controversia y actividad probatoria se avocó más a
- En sentido contrario, apelada la Sentencia, el Tribunal de apelación, la revocó declarando probada la
- De tal cuenta entonces, si bien el Tribunal de alzada asume una postura sobre la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
