Auto Supremo AS/0416/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0416/2015

Fecha: 15-Jun-2015

Que, existió interpretación errónea de la ley, toda vez que el actor fue contratado de

Que, existió interpretación errónea de la ley, toda vez que el actor fue contratado de manera verbal el 26 de mayo de 2006, ingresando a trabajar como chofer; sin embargo, el 28 de septiembre de 2006 se convierte en socio de la Cooperativa, luego de haber prestado sus servicios como chofer por 4 meses y 2 días, siendo afiliado a la Caja de Salud, AFP’s, etc., teniendo igualdad de derechos y obligaciones como todos los socios, conforme al art. 1.1) de la Ley General de Sociedades Cooperativas (LGSC), con lo que desapareció la relación obrero-patronal y consiguientemente no le corresponden los beneficios sociales; Refirió que para adquirir la calidad de socio, suscribió el documento a fs. 2 y 60, presentando para ello dos garantes a modo de adquirir el carnet de fs. 50, conforme lo señalado por el art. 4 de la Ley General del Trabajo (LGT) y el art. 55 de la Constitución Política del Estado (CPE), documento que tiene la validez que señalan los arts. 452 y 519 del Código Civil (CC), concordantes con el art. 25 del Código Procesal del Trabajo (CPT), mientras no sea sometido a nulidad