Auto Supremo AS/0287/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0287/2015-RRC-L

Fecha: 15-Jul-2015

De otro lado, denuncia, defectuosa valoración de prueba con relación al delito de Falsedad Ideológica,


De otro lado, denuncia, defectuosa valoración de prueba con relación al delito de Falsedad Ideológica, arguyendo que en la Sentencia, la autoridad jurisdiccional concluyó que no se demostró con prueba objetiva que los Formularios presentados no correspondían a los originales, no siendo suficiente ofrecerlos y producirlos como pruebas sin respaldo probatorio, que si bien es cierto la entrega de Bs. 20.519,70.- (veinte mil quinientos diecinueve 70/100 bolivianos), la misma se halla descargada con los formularios de pago, sindicados de contener declaraciones falsas no demostradas, por lo que no se puede alegar, menos acusar de falsedad material; sin pronunciarse respecto de la prueba de cargo presentada como Carta del Banco Unión con Cite: BUN/ASL/0150/2007, donde textualmente señala que los sellos estampados en los Formularios 1159868 y 1159866 no corresponden al Banco Unión y que el cajero Villalobos Cuentas Miguel no es ni fue funcionario de ese Banco, donde dicha entidad taxativamente que tanto los sellos y las firmas no corresponden a los que actualmente utiliza el Banco y ninguna de las firmas de sus empleados concuerda con las de las fotocopias entregadas al querellante; prueba plena que señala haberla presentado en el juicio y no mereció valoración y que es respaldo legal respecto a los precitados Formularios; asimismo, la prueba denominada Formulario Único de Pago de Multas y Legalización de Planos de la Alcaldía Municipal, de igual forma, demuestra que es ese y no los Formularios 1159868 y 1159866, es el utilizado para el pago de multas correspondiente al trámite de regularización de edificios fuera de norma