Auto Supremo AS/0287/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0287/2015-RRC-L

Fecha: 15-Jul-2015

Denuncia el recurrente que el Tribunal de apelación a tiempo de emitir el Auto de


Denuncia el recurrente que el Tribunal de apelación a tiempo de emitir el Auto de Vista, estableció que con relación al delito de Falsedad Ideológica, el Juez de Sentencia, no valoró debidamente los formularios 1159868, 1159866 y la carta del Banco Unión Cite: BUM/ASL/0150/2007; y con relación al delito de Estafa, que se habrían realizado pagos para un trámite de regularización de planos de un inmueble y la cancelación de multas a la Alcaldía Municipal, dejando de lado la existencia de un contrato civil suscrito entre el acusador particular y el imputado; por lo que, a criterio de las precitadas autoridades, se observa falta de fundamentación con los medios de prueba referidos, vulnerándose lo preceptuado por el art. 370 inc. 5) del CPP. No obstante, que el Juez de la causa refirió categóricamente en la Sentencia, que no se llegaron a demostrar los ilícitos incriminados por falta de elementos constitutivos del delito, además de la insuficiencia de la prueba ofrecida y producida y que se hizo una valoración integral de toda la prueba de cargo en cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 359, 360 y 363 del CPP