Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0287/2015-RRC-L
Fecha: 15-Jul-2015
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 7 de diciembre de 2009 cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a) Por Sentencia 16/2009 de 19 de junio (fs
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b) Contra la referida Sentencia, el acusador particular formuló recurso de apelación restringida (fs
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I.1.1. Motivos del recurso
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 150/2015-RA-L de 10
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Denuncia el recurrente que el Tribunal de apelación a tiempo de emitir el Auto de
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Con esos antecedentes, señala que el Tribunal de alzada se encuentra constreñido a circunscribir sus
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I.1.2. Petitorio
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Por lo expuesto, el recurrente solicita que una vez admitido el presente recurso, se deje
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 150/2015-RA-L, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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Desarrollado el juicio oral, el Juez Tercero de Sentencia de la entonces Corte Superior del
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b) Según la acusación, los Formularios 1159868 y 1159866 no corresponden a las cancelaciones efectuadas
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e) Se debe pronunciar Sentencia condenatoria únicamente cuando en el proceso exista prueba plena contra
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II.2. Del recurso de apelación restringida de la acusadora
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La parte acusadora Oscar Alberto Calle Rojas, planteó recurso de apelación restringida contra la Sentencia
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2) Agregó que se incurrió también en defectuosa valoración de la prueba con relación al
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II.3.Del Auto de Vista impugnado
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i) Para absolver al imputado del delito de Falsedad Ideológica en relación a los Formularios
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ii) En relación al delito de Estafa, el Juez de Sentencia señaló que si bien
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iii) La falta de fundamentación constituye error in procedendo que invalida la Sentencia, tal como
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El Auto Supremo 431 de 15 de octubre de 2005, invocado por el recurrente, señaló
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El Tribunal de Apelación al ejercer el control jurisdiccional, está ejercitando también el control constitucional
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La competencia del Tribunal de Apelación se encuentra delimitada por los puntos cuestionados en la
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III.2. Análisis del caso concreto
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Antes de ingresar al análisis del caso concreto, resulta necesario realizar ciertas precisiones técnicas; puesto
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Ahora bien, como se dijo en el motivo reclamado, el recurrente interpuso el recurso, denunciando,
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A mayor abundamiento, corresponde señalar que, en caso de haber sido similar la situación, el
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Ahora bien, con relación a la segunda denuncia, corresponde en efecto ingresar a su análisis
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En ese orden, de la revisión de los agravios denunciados en el recurso de apelación
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En el segundo punto de la apelación, agrega que el Juez de la causa, tampoco
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De otro lado, denuncia, defectuosa valoración de prueba con relación al delito de Falsedad Ideológica,
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En consecuencia acusa el apelante como disposiciones legales violadas o erróneamente aplicadas, los arts
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Ahora bien, de los fundamentos esgrimidos en el Auto de Vista, se evidencia que se
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Al punto segundo impugnado, relativo al delito de Estafa, el Auto de Vista alega que,
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De lo relatado, se posible concluir que el Tribunal de alzada dio cumplimiento expreso a
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Ahora bien, en efecto se denota que el Tribunal de alzada anuló la Sentencia de
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Por todo lo expuesto, al no haberse detectado contradicción entre el Auto de Vista recurrido
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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