Auto Supremo AS/0305/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2015-RRC-L

Fecha: 02-Jul-2015

En cuanto a la observación realizada al motivo 2; referida a la aplicación que se


En cuanto a la observación realizada al motivo 2; referida a la aplicación que se pretende, del memorial “subsana lo observado”, el apelante incurrió en el error identificando respecto a este requisito en relación al motivo 1; por lo que, determinó que el requisito impuesto en el primer párrafo in fine del art. 408 del CPP, en el motivo 2, tampoco fue cumplido conforme a derecho en el memorial de subsanación