Auto Supremo AS/0457/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0457/2015

Fecha: 01-Jul-2015

Con lo anterior el recurrente, señala que la no consideración de la prueba arriba nombrada

Con lo anterior el recurrente, señala que la no consideración de la prueba arriba nombrada por parte de los de instancia constituye error de hecho en la apreciación de la prueba, por cuanto la misma corrobora que la desvinculación laboral se dio por causas ajenas a la Asociación Accidental Santos-Emboc-Comexin desde noviembre de 2008, no correspondiendo en consecuencia, el pago de los meses de noviembre y diciembre de 2008 además de enero de 2009