Finaliza su recurso solicitando se dicte Auto Supremo Casando el Auto de Vista N°
II.3 Petitorio
Finaliza su recurso solicitando se dicte Auto Supremo Casando el Auto de Vista N° 344 del 25 de noviembre de 2014 de fs. 330 a 331, declarándose improbada la demanda principal de reincorporación o en su caso anule obrados hasta el vicio más antiguo en amparo del art. 252 del CPC
Finaliza su recurso solicitando se dicte Auto Supremo Casando el Auto de Vista N° 344 del 25 de noviembre de 2014 de fs. 330 a 331, declarándose improbada la demanda principal de reincorporación o en su caso anule obrados hasta el vicio más antiguo en amparo del art. 252 del CPC
- CONSIDERANDO I
- Refiere la indebida aplicación de las pruebas puesto que el contrato de trabajo de
- Sostiene que los informes de fs
- Manifiesta que el informe de fs
- Arguye que la opinión profesional del Lic
- Sostiene que las opinión Profesionales del Lic
- Refuta que las testificales de cargo, que corren de fs
- Por ultimo señala que el Tribunal de Apelación aplico incorrectamente el art
- Refiere que el sorteo de la causa se realizó en fecha 07 de noviembre de
- Finaliza su recurso solicitando se dicte Auto Supremo Casando el Auto de Vista N°
- Así planteado el recurso corresponde examinarlo de la siguiente manera
- Que, conforme faculta el art
- En mérito al principio de legalidad o especificidad, la nulidad se sanciona solo en los
- En virtud al principio de trascendencia no existe nulidad sin perjuicio (pas de
- El principio de convalidación
- En atención al principio de protección no se puede alegar la propia torpeza como fundamento
- Al respecto, se advierte que el sorteo de la causa se realizó por la Sala
- Asimismo se observa la incongruencia existente entre la fecha de notificación al Vocal semanero de
- Que según decreto de fs
- No siendo necesario ya entrar a esclarecer las denuncias que van al fondo del asunto,
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos corresponde disponer la nulidad de obrados de acuerdo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
- Siendo excusable el error en que ha incurrido el Tribunal ad quem, no se impone
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
