Auto Supremo AS/0495/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0495/2015-RRC

Fecha: 20-Jul-2015

Asimismo, se tiene que dicho documento, fue aprobado y homologado a través de Auto motivado


Asimismo, se tiene que dicho documento, fue aprobado y homologado a través de Auto motivado de 8 de febrero de 2000 y ejecutoriado expresamente mediante su similar de 15 del mismo mes y año; en consecuencia, adquirió la calidad de cosa juzgada, constituyéndose en un documento de carácter ejecutivo, por cuanto obtuvo la homologación de la autoridad jurisdiccional competente, que en ese entonces tramitaba la acción penal, cumpliendo de este modo con las exigencias normativas establecidas en el Código Civil, ampliamente desarrolladas en el apartado III.2 del presente Auto Supremo, dando lugar a que dicha autoridad, declare el desistimiento de la acción civil dentro de la tramitación del proceso penal, lo que de ningún modo implicó la conclusión extraordinaria de este, debido a que los delitos denunciados eran perseguibles de oficio; por consiguiente, correspondía al Ministerio Público seguir con su tramitación, razón por la cual se llegó a dictar Sentencia condenatoria contra Ubaldo Alanoca Gutierrez, como autor del delito de Estelionato, tipificado y sancionado en el art. 307 de CP, condenándole a la pena de tres años de reclusión, más el pago de costas a favor del Estado y la parte querellante, así como los daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia