Dichas consideraciones no ocurrieron en el caso concreto, debido a que el Juez de la
Dichas consideraciones no ocurrieron en el caso concreto, debido a que el Juez de la causa, conforme a los antecedentes, no debió admitir la demanda de reparación de daño civil, precisamente en mérito al acuerdo transaccional, que en la cláusula segunda establece, que los garantes cancelarían la suma pretendida, convirtiendo dicha obligación pecuniaria, en una de carácter civil, con calidad de cosa juzgada, tal cual lo establece el art. 949 del Código Civil (CC), que determina: “Las transacciones, siempre que sean válidas tienen entre las partes y sus sucesores los efectos de la cosa juzgada”, a cuyo efecto resalta que dicho convenio, fue presentado ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, mediante (fs. 75), solicitando inclusive el desistimiento, dando lugar al Auto motivado de 8 de febrero de 2000, señalando con claridad la ejecutoria correspondiente, ordenándose proseguir la acción penal correspondiente, el que apelado por la parte demandante, mereció el Auto motivado de 7 de septiembre del mismo año, por el que el órgano jurisdiccional determinó que se “HA REPARADO DEL DAÑO CIVIL” (sic). Al respecto, aclara que el daño civil al no haber sido reparado, siendo este el punto de partida de la parte demandante, debió iniciar la demanda de reparación de daño civil en la vía civil y no penal
- Por memoriales presentados el 1 de abril de 2015, cursantes de fs
- a) El 7 de febrero de 2000 (fs
- b) Dentro del aludido proceso penal se desarrollaron los siguientes actuados procesales: i) Anulada la
- c) Del trámite de responsabilidad civil: i) Belisario Escobar Mendoza, en representación de Roberto Alanoca
- d) Ubaldo Alanoca Gutiérrez y Belisario Escobar Mendoza, fueron notificados con el Auto de Vista
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- i) El Auto de Vista recurrido es incongruente, por cuanto en apelación atacó la Resolución
- ii) El Juez inferior ni el Tribunal de alzada, realizaron una compulsa responsable de todos
- El Auto de Vista recurrido, declaró improcedentes los recursos de apelación restringida planteados tanto por
- Radicada la causa en este Tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art
- Dichas consideraciones no ocurrieron en el caso concreto, debido a que el Juez de la
- Asimismo, habiéndose declarado ilegal el recurso de compulsa formulado por el demandante, quedó subsistente la
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Mediante Resolución 01/2013, el Juez Primero de Partido y Sentencia, falla declarando: probada en parte
- La referida determinación, se asumió en base al monto de $us
- Notificadas las partes, con dicha Sentencia, el imputado Ubaldo Alanoca Gutiérrez; y, el representante legal
- En previsión de lo dispuesto por el art
- De acuerdo a nuestra legislación nacional, además de concluir un proceso, en el que se
- Ahora bien, considerando que uno de los cuestionamientos del recurrente Ubaldo Alanoca Gutiérrez, vinculados a
- III
- Luis E
- En similar sentido, asumió Castellanos Trigo, al establecer que una vez homologada la transacción, tiene
- Sobre la temática, específicamente con relación a la naturaleza jurídica de la transacción, la Sala
- Por todo lo expuesto, se entiende que la figura de la transacción, como una figura
- III.3. Análisis del caso concreto
- En el presente proceso, se constata que los recurrentes cumplieron con el requisito relativo al
- III.3.1. Sobre el recurso de casación de Ubaldo Alanoca Gutierrez
- En mérito a la trascendencia del motivo de casación referido a que el Tribunal de
- En ese contexto y de acuerdo a los antecedentes procesales, resulta evidente que una vez
- Establecidos dichos antecedentes, se advierte que el acuerdo transaccional de 7 de febrero de 2000,
- De acuerdo a ello, se tiene que el denunciante, los denunciados y los garantes de
- Asimismo, se tiene que dicho documento, fue aprobado y homologado a través de Auto motivado
- Al respecto, se debe dejar establecido que al constituir la figura de la transacción una
- Por todo lo desarrollado, y teniendo en cuenta los efectos de la decisión asumida por
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
