Auto Supremo AS/0405/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0405/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

Asimismo, el recurrente ha denunciado la existencia de defectos absolutos según lo previsto por el


Asimismo, el recurrente ha denunciado la existencia de defectos absolutos según lo previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP y la violación a sus derechos y garantías al debido proceso y la seguridad jurídica, en ese ámbito analizado los agravios mencionados se advierte que los mismos, no contienen los presupuestos exigidos y explicados en el apartado III. de esta Resolución, en razón a que no se precisó e individualizó con la debida fundamentación, los derechos que considera vulnerados, así como el resultado dañoso emergente del defecto y fundamentalmente las consecuencias procesales con relevancia constitucional, aspectos que imposibilitan su la admisión mediante está vía excepcional de flexibilización