Auto Supremo AS/0405/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0405/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


c) El 27 de octubre de 2010 (fs. 619), fue notificado el recurrente con el Auto Complementario al Auto de Vista y el 3 de noviembre del mismo año, interpuso recurso de casación.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) Bajo el subtítulo “DEFECTO ABSOLUTO POR INCONGRUENCIA OMISIVA (FALTA DE PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN RESPECTO LOS AGRAVIOS ALEGADO – PUNTO CUARTO Y QUINTO DE LA APELACIÓN RESTRINGIDA) ACTUACION CITRA PETITA O EX SILENTIO. (sic), denuncia el recurrente que el Auto de Vista impugnado, omitió pronunciarse a los fundamentos alegados como agravios en la apelación restringida, vulnerando de esta forma sus derechos y garantías constitucionales a la seguridad jurídica y al debido proceso; en el considerando III numeral 2 incisos a) hasta el g), se limitó a analizar siete de los nueve agravios expuestos en el recurso de apelación restringida incurriendo en incongruencia omisiva de los motivos cuarto y quinto, consistentes en errónea aplicación de ley adjetiva con relación al art. 370 inc. 6) del CPP y la referida a la sentencia basada en valoración defectuosa de la prueba y en hechos inexistentes o no acreditados, motivos que no merecieron el pronunciamiento respectivo en forma individualizada y fundamentada, no obstante haber sido también reclamados vía complementación y enmienda, impidiendo de esta forma conocer las razones que llevó al Tribunal de alzada, tomar la decisión de declarar improcedente el recurso de apelación restringida