Auto Supremo AS/0452/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0452/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

Por decreto de 22 de junio de 2010, el Tribunal de alzada observó que el


Por decreto de 22 de junio de 2010, el Tribunal de alzada observó que el recurso de apelación restringida en el primer y segundo motivo de apelación, no cumplió con el requisito previsto por el art. 408 del CPP, “es decir deberá indicarse separadamente cada violación con sus fundamentos” (sic), y tampoco había señalado cual es la aplicación que pretende de las normas presuntamente violadas o erróneamente aplicadas