Auto Supremo AS/0452/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0452/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

Similar entendimiento en cuanto a la debida fundamentación, fue establecida por los Autos Supremos 34


Que los defectos absolutos no son susceptibles de convalidación, no así los defectos relativos los mismos que se encuentran claramente identificados en los artículos 169 Y 170, respectivamente, del Código de Procedimiento Penal; cuando son detectados en la resolución motivo de impugnación, cada uno de ellos necesariamente debe llevar el fundamento pertinente.”

Similar entendimiento en cuanto a la debida fundamentación, fue establecida por los Autos Supremos 34 de 7 de febrero de 2009 y 86 de 18 de marzo de 2008, los cuales también fueron admitidos por este Tribunal a fines de verificar la posible contradicción entre estos y el Auto de Vista recurrido