Auto Supremo AS/0534/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0534/2015-RRC

Fecha: 24-Ago-2015

Resolviendo el recurso de apelación restringida interpuesto por Celso Siñani Huanca, Benita Cruz Canaviri y


Las apelaciones restringidas expuestas precedentemente, fueron resueltas a través del Auto de Vista 73/2014 de 29 de septiembre, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declarando “…IMPROCEDENTES los recurso de apelación interpuestos por CELSO SIÑANI HUANCA, y ELADIA CALLISAYA TORREJÓN…” (sic), bajo los argumentos expuestos en el cuarto considerando, puntos, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

Resolviendo el recurso de apelación restringida interpuesto por Celso Siñani Huanca, Benita Cruz Canaviri y Joaquin Huaycho Saire; el Tribunal de alzada refirió:

i) En cuanto a la supuesta violación del art. 173 del CPP, el Tribunal de alzada, apoyado en la jurisprudencia sentada a través de los Autos Supremos 566 de 1 de octubre de 2004 y 432 de 15 de octubre de 2005, argumentó que no puede revalorizar la prueba toda vez que en el actual sistema procesal penal no se halla prevista la doble instancia; sin embargo, afirmó que el Tribunal de Sentencia había dado aplicación correcta a la referida disposición legal, pues el Juez de mérito había otorgado valor correspondiente a las pruebas en observancia a las reglas de la sana crítica, lógica y experiencia