Auto Supremo AS/0660/2015-l
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0660/2015-l

Fecha: 12-Ago-2015

En base a los motivos precedentemente anotados, se concluye que el demandante no llegó a

En base a los motivos precedentemente anotados, se concluye que el demandante no llegó a demostrar ni justificar las razones que ameritan la revisión del proceso ejecutivo por la vía de la ordinarización, correspondiendo resolver en la forma prevista en el Art. 271 núm. 2) con relación al art. 273 del Código de Procedimiento Civil