Auto Supremo AS/0672/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0672/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

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En la Forma.-

1.- Que en el reversó de fs. 346 habría señalado la excusa extemporánea de un vocal quien participo en la negación de abrir el plazo probatorio y cuya excusa fue extemporánea según el art. A-I de la Ley 1760, por otra parte los vocales Edgar Terrazas y Osvaldo Cespedes habrían sido cesados por instrucción del Concejo de la Judicatura el 7 de mayo de 2010 por no cumplir con requisitos de ley para participar en la administración de justicia