Auto Supremo AS/0672/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0672/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

En relación a que el Tribunal Ad quem no habría respondido de manera exhaustiva a

En relación a que el Tribunal Ad quem no habría respondido de manera exhaustiva a ninguno de los agravios denunciados en apelación, pues no se habría pronunciado sobre la objeción de la abundante prueba presentada; se debe señalar que del análisis del Auto de Vista recurrido, que este en su único considerando realiza un análisis en relación a los agravios expuestos en apelación para luego en el punto III señalar que: “…las pruebas deben ceñirse a los puntos fijados por el juez, y la Sentencia apelada hace mención precisa y fundamentada a los puntos que debieron probar las partes, pero lo que ocurrió, es que la parte demandante y ahora apelante, en el transcurso del proceso alega otros elementos que no los demando y de esa manera se aleja de los puntos fijados, como es el de demostrar las causales para la procedencia de la ordinarización del proceso ejecutivo…”, no siendo evidente que el Tribunal de Alzada no se haya pronunciado sobre lo expuesto en apelación