A través del recurso de casación en análisis, Freddy Chamozo Gonzales, denuncia que el Auto
A través del recurso de casación en análisis, Freddy Chamozo Gonzales, denuncia que el Auto de Vista impugnado carece de fundamentación, es contradictorio e incongruente; puesto que, interpretó erróneamente la ley y anuló subjetivamente la Sentencia apelada cuando debía confirmarla, en infracción del art. 124 del CPP y vulneración del debido proceso, seguridad jurídica, principio de legalidad, no habiendo considerado su contestación a la alzada, constituyendo un defecto absoluto. Identificando al respecto tres puntos específicos, sobre los que la respuesta del Tribunal de alzada adolecería de ese defecto, de acuerdo al siguiente detalle:
Afirma, que en el Segundo Considerando del Auto de Vista impugnado: i) Punto II.1.2, el Tribunal de alzada afirmó que hubo falta de tipicidad en el delito de Difamación, puesto que, la Jueza de sentencia se habría limitado al presupuesto “repetido” (sic); empero asevera, que el Tribunal de alzada no consideró las atestaciones de Julio Renán Justiniano Villarroel, Leonarda Quiroga, Mario Estrada, Cristina Díaz Martínez, que evidenciarían que las Difamaciones fueron públicas, tendenciosas y repetidas, resultando injustificable la aceptación del agravio formulado por la parte adversa; puesto que, a su criterio, debió darse aplicación al art. 414 del CPP, ya que se trata de una omisión involuntaria de forma que no afecta el fondo de la causa; a cuyo efecto agrega, que no existe falta de tipicidad del delito de Difamación, por lo que no correspondía a su criterio la anulación de la Sentencia
- Del memorial del recurso de casación (fs
- Mediante Auto Supremo 336/2015-RA de 1 de junio, de fs
- II.1. De la Sentencia
- Asimismo advierte, que la prueba es uniforme respecto al hecho atribuido al imputado Eloy Choque
- Con relación al delito de difamación, señala que la adecuación al tipo penal, requiere que
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- De otro lado en el acápite II
- Posteriormente, el Tribunal de alzada hace referencia a la fundamentación de las resoluciones, como presupuesto
- En el presente recurso, se denuncia que el Auto de Vista impugnado carecería de fundamentación,
- III.1. Precedentes invocados por el recurrente
- Con relación a la impugnación efectuada en casación, el recurrente invocó los siguientes autos supremos
- El Auto Supremo 276 de 5 de octubre de 2007, pronunciado en un caso sobre
- El juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el artículo 1 del Código de Procedimiento
- c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
- e) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- El Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004, fue emitido dentro de un
- III.2.La fundamentación de las resoluciones judiciales por los Tribunales de alzada
- En ese sentido, en el Auto Supremo 248/2013-RRC de 2 de octubre, entre otros argumentos
- III.3. Análisis del caso concreto
- A través del recurso de casación en análisis, Freddy Chamozo Gonzales, denuncia que el Auto
- Sin embargo, no es menos evidente que este Tribunal incorporó una sub regla para los
- Por otra parte, el recurrente refiere que: ii) Punto II
- Razones por las que se concluye, que el Auto de Vista impugnado dispuso la nulidad
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
