Auto Supremo AS/0629/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0629/2015-RRC-L

Fecha: 18-Sep-2015

En lo referente al segundo motivo, la recurrente denuncia errónea aplicación de la ley sustantiva,


En lo referente al segundo motivo, la recurrente denuncia errónea aplicación de la ley sustantiva, en cuanto al delito de Estafa, previsto en el art. 335 del CP, aduciendo que no se hubiere demostrado la concurrencia de los elementos constitutivos del tipo “beneficio económico” y el “engaño o artificio”, además del elemento subjetivo como es el dolo, considerando en su criterio la existencia de una relación contractual entre un vendedor y un comprador, concluyendo que la querellante debió haber acudido ante un Juez en materia civil para cobrar la deuda