Auto Supremo AS/0660/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0660/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Manifiesta que, el Ad quem, en el punto 2 del segundo Considerando, reitera el argumento

Manifiesta que, el Ad quem, en el punto 2 del segundo Considerando, reitera el argumento esgrimido en el punto uno, sin tomar en cuenta que precisamente la Empresa planteó demanda, porque no es posible permitir la consumación de la arbitrariedad administrativa, ante la competencia que reconoce el art. 157.b) de la Ley de Organización Judicial (LOJ), pues dicha demanda se planteó porque la Empresa no tenía obligación de realizar pagos en esos montos porque existía un acuerdo transaccional aprobado por la Junta de Acreedores