Auto Supremo AS/0061/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Analizados los dos precedentes citados como contradictorios, se advierte que no son similares al motivo


Analizados los dos precedentes citados como contradictorios, se advierte que no son similares al motivo en análisis; puesto que, la doctrina legal de los precedentes, fue emitido al haberse observado que los Autos de Vista recurridos de manera errada determinaron que existía incongruencia entre la acusación y la Sentencia, por haberse acusado por un delito y el Juez o Tribunal de Sentencia los condenó por otro delito, sin considerar que ese delito es de la misma familia de delitos; puesto que, en el primer precedente fue acusado por el delito de Intento de Violación y luego por Abuso Deshonesto; en el segundo fue acusado por los delitos de Asesinato y luego fue condenado por el delito de Homicidio, en ambos delitos se le condenó por un tipo penal diferente al acusado, pero de la misma familia, sin cambiar los hechos acusados y juzgados; por lo que, el Tribunal de casación determinó que en ambos casos, los Tribunales de apelación obraron de manera incorrecta sin considerar que en la actualidad la jurisprudencia ha establecido que el Juez o tribunal tiene amplias facultades, para variar la calificación del tipo penal, con la condición de que no se cambien los hechos objetos del proceso, en apego al principio iura novit curia