Auto Supremo AS/0061/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 061/2016-RRC
Sucre, 21 de enero de 2016

Expediente: Tarija 35/2015
Parte Acusadora: Germán Alfaro Fernández y otro
Parte Imputada: Juana Vega Vargas de Leañez y otros
Delitos: Despojo y otro
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán

RESULTANDO

Por memorial presentado el 11 de marzo de 2015, cursante de fs. 374 a 383, Juana Vega Vargas de Leañez, José Delio y Gualberto Bladimir ambos de apellidos Leañez Vega, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 168/2014 A de 11 de diciembre, de fs. 360 a 362 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Germán Alfaro Fernández y Juan Delio Alfaro Arias contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 010/2013 de 17 de junio (fs. 305 a 311, reiterada de fs. 331 a 337 vta.), la Jueza Segunda de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Juana Vega Vargas Vda. de Leañez, Gualberto Bladimir Leañez Vega y José Delio Leañez Vega, autores de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, condenándoles a cumplir la pena de dos años de reclusión, con costas y daños averiguables en ejecución de Sentencia. Asimismo, en aplicación del art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se les otorgó el beneficio de Perdón Judicial a los mismos y por último se los declaró absueltos del delito de Perturbación de Posesión, tipificado por el art. 353 del CP.

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Juana Vega Vargas Vda. de Leañez, Gualberto Bladimir Leañez Vega y José Delio Leañez Vega, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 338 a 343 vta.), resuelto por Auto de Vista 168/2014 A de 11 de diciembre (fs. 360 a 362 vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada. Dando lugar al presente análisis de fondo del recurso de casación