Auto Supremo AS/0382/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0382/2016

Fecha: 17-Oct-2016

En consecuencia, se concluye que el auto de vista recurrido, no transgrede ni vulnera ninguna

En consecuencia, se concluye que el auto de vista recurrido, no transgrede ni vulnera ninguna norma, por el contrario se ajusta a las disposiciones legales en vigencia, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación en el fondo y en la forma; por lo que, corresponde resolver conforme prescribe el art. 220.II del Código Procesal Civil, aplicable por la norma remisiva contenida en los art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social