Auto Supremo AS/0395/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2016

Fecha: 31-Oct-2016

Al respecto, es decir, a la forma de desvinculación laboral, analizado los antecedentes procesales se

Al respecto, es decir, a la forma de desvinculación laboral, analizado los antecedentes procesales se evidencia que la actora a tiempo de interponer su demanda, manifiesta que prestó sus servicios en la Empresa Avícola Andina S.A., desde el 20 de diciembre de 2003, hasta 9 de noviembre de 2011, fecha en que fue despedida injustificadamente, extremo que es rechazado por la parte demandada, quien afirma que el despido de la actora fue de manera justificada, al haber enmarcado su conducta en lo previsto por los arts. 16. g) de la LGT y 9. g) de su Reglamento (robo o hurto por el trabajador y abuso de confianza), puesto que la contadora de la empresa demandada, detectó un faltante de dinero en la suma de Bs. 11.153.50.- que no habría ingresado a las cuentas bancarias de la empresa, quien pidió a la actora Inés Antezana León, cajera de la entidad demandada, para que regularice dicha situación, sin que ella, a pesar de las reiteradas solicitudes efectuadas, haya regularizado las observaciones que le fueron hechos; afirmación extraída de la respuesta a la demanda cursante de fs. 100 a 101, hecho que motivo su despido de la actora de la empresa demandada