Auto Supremo AS/0395/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2016

Fecha: 31-Oct-2016

Consiguientemente, corresponde al empleador, aportar los elementos legales que lo eximan del pago y, si

Consiguientemente, corresponde al empleador, aportar los elementos legales que lo eximan del pago y, si bien es cierto, que la empresa demandada presento el balance general de la gestión 2010, acreditando que no obtuvo ganancias; sin embargo, este balance no se encuentra debidamente aprobado por la Comisión Permanente de Fiscalización, actualmente Servicio de Impuestos Nacionales, correspondiendo en consecuencia, cancelar la prima anual de la gestión 2010, de acuerdo a lo establecida en el art. 48 y siguientes del Reglamento a la LGT