Auto Supremo AS/0395/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2016

Fecha: 31-Oct-2016

En base a la normativa citada ut supra, se advierte que la actora no se

En base a la normativa citada ut supra, se advierte que la actora no se encuentra exento de aportar las pruebas que crea conveniente a fin de crear elementos de convicción en el juzgador, presupuesto procesal que no fue incumplido, porque si bien, a fin de justificar que ingresó a trabajar a la empresa demandada, presento en fotocopias simples, las literales cursante de fs. 114 a 115 de obrados, consistentes en tres recibos emitidos por AVIANSA Avícola Andina S.A., a favor de la actora, sin embargo, se extraña se sobremanera, en primer lugar que, tales documentales sean por “pago de sueldos”, por cuanto resulta ilógico que dicho pago se efectúe el mismo 20 de diciembre de 2003, momento en que el ahora demandante indica haber ingresado a trabajar en la empresa, en consecuencia, dicho argumento no es creíble, por la sencilla razón de que la empresa demandada no podía pagar un sueldo por mes adelantado; en segundo lugar, porque, los pagos consignados en los aludidos recibos, son por diferentes montos de dinero, no coincidiendo con el salario que percibía la actora de forma mensual establecido en su demanda, además, en dichos recibos no se específica el concepto por los que se los hubieran emitido